ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL
Actos de la
desviación de la clientela: Se considera desleal
toda conducta que tenga como objeto o como efecto desviar la clientela de la
actividad, prestaciones mercantiles o establecimientos ajenos, siempre que sea
contraria a las sanas costumbres mercantiles o a los usos honestos en materia
industrial o comercial.
Actos de
desorganización: Se
considera desleal toda conducta que tenga por objeto o como efecto desorganizar
internamente la empresa, las prestaciones mercantiles o el establecimiento ajeno.
Actos de confusión: Comportamientos realizados para
generar confusión en
el mercado, respecto a la actividad, prestaciones o establecimientos ajenos.
Actos de engaño: Aquellas conductas que contienen
“información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o
presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo
susceptible de alterar su comportamiento económico.
Actos de descrédito: Aquellos actos de utilización o difusión de indicadores o
aseveraciones incorrectas o falsas, la omisión de las verdaderas, o cualquier
tipo de práctica que busque desacreditar la actividad, las prestaciones, el
establecimiento y las relaciones mercantiles de un tercero cuando no se ajustan
a la realidad.
Actos de comparación: Actos desleales
cometidos contra el competidor y consistentes en la comparación hecha
pública de la actividad, las prestaciones (productos o servicios) o el
establecimiento propio o ajeno con los de un tercero, siempre que
dicha comparación se refiera a puntos o elementos que no sean análogos,
relevantes ni probables.
Actos de imitación: Grupo de actos desleales al competidor consistentes en
la imitación sistemática de las prestaciones o iniciativas
empresariales ajenas con el fin de impedir o dificultar su afirmación en el
mercado, y que exceda de lo que, según las circunstancias, pueda reputarse como
una respuesta natural de aquél.
Explotación de la
reputación ajena: Se
considera desleal el aprovechamiento en beneficio propio o ajeno de las
ventajas de la reputación industrial,
comercial o profesional adquirida por otro en el mercado.
Violación de
secretos: Delito contra
la Administración pública que consiste en revelar, por parte de autoridades o
funcionarios públicos, secretos o
informaciones de contenido administrativo o referido a particulares.
Inducción a la
ruptura contractual:
Se considera desleal la inducción a
trabajadores, proveedores, clientes y demás obligados, a infringir los deberes
contractuales básicos que han contraído con los competidores.
Violación de
una norma: El
partícipe del mercado que obra deslealmente acude a mecanismos ilegítimos que,
en el caso de la figura de violación
de normas, se relacionan con la omisión de un deber jurídico contenido
en una ley, un decreto, una resolución o cualquier otro acto administrativo.
Los pactos de exclusividad
desleales: Son aquellos
capaces de producir un efecto sustancial de disminución de la competencia, ya
sea porque restringen el acceso de los competidores al mercado o porque
monopolizan la distribución de productos o servicios, precisó la
Superintendencia de Industria y Comercio.
Comentarios
Publicar un comentario